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¿Quién necesita presentar el formulario G-28 con una solicitud de inmigración?


Si usted es un no ciudadano que presenta una solicitud relacionada con inmigración o está en procedimientos de deportación y no tiene un abogado, no necesita presentar un Formulario G-28.

El Formulario de Inmigración G-28 , el "Aviso de Entrada de Comparecencia como Abogado o Representante Acreditado" emitido por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), se utiliza con un solo propósito: indicar que la persona que lo firma está manejando el caso de un solicitante de beneficios o alivio de inmigración, y es:abogado
representante acreditado, o
Estudiante de derecho trabajando bajo la supervisión de un abogado.

Si usted es un extranjero que presenta una solicitud relacionada con inmigración por su cuenta o se encuentra en un proceso de deportación y no tiene un abogado, no necesita presentar un Formulario G-28. No es obligatorio que tenga un abogado que lo represente en asuntos de inmigración o deportación, aunque contratar uno puede sin duda facilitar el proceso y evitar errores que pueden perjudicar sus perspectivas de inmigración a largo plazo.

Cuándo firmará el formulario G-28 del USCIS

Si contrata a un abogado, un representante acreditado o un estudiante de derecho supervisado para que lo ayude con su caso de inmigración, debe esperar que esa persona le pida que firme un Formulario G-28. 

Y si usted no tiene intención de contratar a un abogado en particular o a un profesional relevante como su representante para asuntos de inmigración, pero tal vez asistir a una consulta con uno, ¡debe negarse rotundamente a firmar este formulario!

Si en algún momento decide despedir (terminar su relación con) su abogado y cambiarse de abogado, el nuevo abogado presentará un formulario G-28 en su caso ante el USCIS, el tribunal de inmigración o cualquier agencia u organismo que esté a cargo de su caso. Esto sustituirá automáticamente el formulario G-28 del abogado anterior.

Qué le permite hacer a su abogado el envío del formulario G-28

Una vez que usted firma el Formulario G-28, el abogado está autorizado a acceder a su expediente de inmigración en los EE.UU. y a enviar y recibir correspondencia de las autoridades de inmigración de los EE.UU. en su nombre. (Su expediente de inmigración es confidencial, por lo que las personas fuera del gobierno de los EE.UU. pueden verlo solo con su consentimiento).

Puede resultar útil que un abogado reciba esa correspondencia en su caso, ya que es muy probable que el abogado tenga una dirección estable y un buen sistema para hacer un seguimiento de los casos. El abogado comprenderá de inmediato la importancia de cualquier comunicación que llegue del gobierno de los EE.UU. y podrá avisarle cuando sea necesario tomar medidas inmediatas.

Por ejemplo, si USCIS envía una carta solicitando documentación adicional antes de tomar una decisión sobre su caso (una RFE ), el abogado puede determinar por qué USCIS cree que falta esa información, ayudarlo a determinar qué lo satisfará a tiempo para la fecha límite de USCIS y luego preparar y enviar el documento.

En muchas situaciones, recibirá una copia de cualquier documento original que el abogado reciba del gobierno de los EE.UU. en relación con su caso. Incluso puede haber ocasiones en que el abogado reciba una notificación que usted no recibe, en particular si cambia de dirección y se olvida de informar a alguien. E incluso si hace lo correcto y notifica a su abogado y a las autoridades de inmigración sobre un cambio de dirección, el gobierno de los EE. UU. a veces pierde las notificaciones de cambio de dirección y continúa enviando correspondencia a direcciones antiguas de todos modos. En otras palabras, es bueno tener a su abogado como destinatario de respaldo de la correspondencia del gobierno de los EE.UU.

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